Término de Plazo para la Presentación de la DIOT en Línea: Extensión hasta el 15 de marzo de 2025
Término de Plazo para la Presentación de la DIOT en Línea: Extensión hasta el 15 de marzo de 2025
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) ha emitido un comunicado dirigido a los cuerpos directivos de los Colegios Federados y a su membresía respecto a la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) en línea correspondiente al ejercicio fiscal de enero 2025. Este anuncio surge en respuesta a diversas problemáticas y fallas técnicas reportadas durante el mes de febrero por los contribuyentes al realizar este trámite.
Ante estos inconvenientes, y dado que la fecha límite original para la presentación de la DIOT vencía el 28 de febrero de 2025, el IMCP se comunicó con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para solicitar una prórroga en la presentación de esta obligación. Como resultado, se logró la extensión del plazo hasta el 15 de marzo de 2025.
Fundamento de la Extensión
La extensión del plazo para la presentación de la DIOT se establece en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, la cual indica lo siguiente:
«Para los efectos del artículo 31 del CFF y la regla 4.5.1., los contribuyentes obligados a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), que no puedan presentar dicha declaración en el mes de febrero, podrán hacerlo a más tardar el 15 de marzo de 2025.»
Además, el IMCP ha solicitado que esta extensión también sea considerada para la emisión de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, en alineación con la regla 2.1.36 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
Recomendaciones para los Contribuyentes
- Verificar la funcionalidad de la plataforma DIOT en línea y asegurarse de que los problemas técnicos han sido solucionados antes de intentar presentar la declaración nuevamente.
- Cumplir con la presentación de la DIOT antes del 15 de marzo de 2025 para evitar cualquier inconveniente o sanciones.
- Estar atentos a futuras actualizaciones del SAT e IMCP sobre posibles mejoras en la plataforma o cambios en los requisitos de presentación.
- Consultar con un contador profesional para asegurar el correcto cumplimiento de esta obligación fiscal.
En Solución Fiscal, estamos comprometidos con brindar información actualizada y herramientas para facilitar el cumplimiento fiscal de nuestros clientes. Si necesitas asesoría para presentar tu DIOT o cualquier otra obligación fiscal, no dudes en contactarnos. ¡Te ayudamos a mantenerte al día con todas tus obligaciones tributarias de manera sencilla y eficiente! 🚀

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