Declaración Anual Personas Morales
La declaración anual 2023 para personas morales presenta cambios relevantes que deben ser considerados para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar sanciones. Es importante tener en cuenta que el periodo para realizar esta declaración es del 1 al 31 de marzo. La declaración anual contempla los movimientos correspondientes al año anterior, incluyendo ingresos, pagos provisionales, retenciones y deducciones, con el objetivo de declarar ante la autoridad tributaria el Impuesto Sobre la Renta (ISR) aplicable a un año de ejercicio fiscal.
Las personas morales que deben hacer su declaración anual son sociedades mercantiles, organismos descentralizados con actividades empresariales, instituciones de crédito, sociedades y asociaciones civiles, asociación en participación si realiza actividades empresariales en México, sociedades cooperativas, sistema financiero y fideicomisos con actividad empresarial.
Entre las novedades para la declaración anual 2023 destacan la obligación para aquellos que tributan en el Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (AGAPES) de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). También se requiere prellenar las declaraciones mensuales del RESICO de personas morales con la información del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), y los contribuyentes del RESICO de AGAPES podrían no presentar sus declaraciones mensuales y la declaración anual si sus ingresos no son mayores a los 900 mil pesos. Además, los contribuyentes del RESICO deben habilitar su buzón tributario y actualizar o agregar sus medios de contacto antes del 31 de marzo.
Estas modificaciones buscan simplificar la declaración anual, pero es importante tener en cuenta las nuevas reglas para cumplir con lo que dictamina el SAT. Por ello, es fundamental tener una contabilidad electrónica en orden y contar con la asesoría adecuada.
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